Ley de Segunda Oportunidad

Líbrate de tus deudas, acógete hoy mismo a la Ley de Segunda Oportunidad.

Si tienes deudas a las que no puedes hacer frente, podemos ayudarte. Tanto si eres particular como autónomo. En SRJ Abogados somos expertos en la materia. Analizaremos tu caso sin compromiso para proporcionarte la mejor solución.

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Somos expertos en la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad. Ayudamos a nuestros clientes a solucionar sus problemas.

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Proporcionamos un trato profesional y cercano a nuestros clientes.

Preguntas Frecuentes

A continuación contestamos las preguntas más frecuentes que nos hacen nuestros clientes en relación con la Ley de Segunda Oportunidad

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que ofrece a los particulares y autónomos que tengan deudas considerables, renegociar las mismas o exonerarse de parte de las mismas.

¿En qué consiste la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad se basa en acuerdos extrajudiciales de pago mediante los que se renegocia la deuda.

Si no se consigue llegar a un acuerdo se podrá abrir concurso, en el cual se solicitará la exoneración de las deudas pendientes.

He leído que para poder beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad tengo que invertir todos mis bienes.

Efectivamente, para poder presentar un acuerdo extrajudicial de pagos previamente se habrá tenido que liquidar todo el patrimonio.

¿Y mi casa? ¿la perdería?

Sí, efectivamente, la casa saldría a subasta para liquidar parte de la deuda, y lo que no haya sido posible de satisfacer será lo que se cancele a través de la Ley de Segunda Oportunidad.

¿Puedo incluir la deuda de la pensión de alimentos de mi hijo/a?

No, nunca.

¿Qué profesionales son obligatorios de contratar en el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad?

Los profesionales indispensables son un notario y un Administrador Concursal

¿Podría beneficiarme de la Ley de Segunda Oportunidad?

Para poder acceder a la Ley de Segunda Oportunidad se deben de cumplir ciertos requisitos

  • No haber sido condenado por delitos económicos o sociales. 
  • No haber sido condenado por delitos contra el Patrimonio, Hacienda, Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.
  • Haber actuado de buena fe. Esto significa decir:
    • No haber rechazado empleos en los últimos 4 años.
    • Haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial. 
    • No haber rechazado acuerdos de pago. 
    • No haberse beneficiado de la exoneración de pagos en los últimos 10 años. 
    • Haber pagado el 25% de créditos ordinarios (o haberlo intentado pagar).
    • Que la deuda no sea mayor de 5 millones de euros. 
¿Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social también se incluyen?

Más o menos.

Las deudas frente a Hacienda y frente a la Seguridad Social no se pueden exonerar, pero desde julio de 2019, por una sentencia del Tribunal Supremo, se ha establecido que los deudores podrán beneficiarse de una exoneración de hasta un 70% de las deudas contraídas con las Administraciones Públicas.

¿Sólo pueden acceder a la Ley de Segunda Oportunidad profesionales?

No, también pueden beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad los particulares (personas físicas).

¿Y si soy autónomo y me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad tendría que dejar de trabajar?

No, con la Ley de Segunda Oportunidad puedes cancelar las deudas, fraccionar las deudas públicas y seguir manteniendo tu actividad.

Es más, no solo no tienes que cerrar el negocio, sino que, además, todo lo que necesites para desarrollar tu actividad no se tienen que liquidar.

¿Y qué hace el abogado?

El abogado controla que todo se haga correctamente y que no se quede nada en el tintero.

Se asegura de que no se cometan errores y de insistir en las posibilidades más favorables para el cliente, incluido que los otros profesionales no engorden el presupuesto y cobren únicamente lo que les corresponde por Ley. 

¡Podemos ayudarte!

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